Preguntas frecuentes

Los tiempos de respuesta para solicitudes relacionadas con los servicios que presta el Departamento de Fiduciaria y Valores son los siguientes:

  • Las solicitudes de documentos y de información se resolverán dentro de los (5) días hábiles siguientes
  • Las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta al Departamento de Fiduciaria y Valores se resolverán dentro de los (10) días hábiles   siguientes a su recepción.

En caso de daños en las estaciones de trabajo de la entidad o en la red de comunicación interna es posible trabajar desde las estaciones de una “entidad amiga”, con la que se tengan acuerdos de continuidad. Adicionalmente, es posible, como última instancia, solicitar dos (2) estaciones de trabajo en el Banco de la Republica. Para acceder a alguna de estas estaciones, la entidad debe llamar al centro de atención telefónica en Bogotá, (601) 343 0444, para formalizar la solicitud.

El Banco de la República tiene establecido un plan de contingencia tecnológica en caso de fallo o daño del servidor de autenticación y autorización, fallo o daño del portal o fallo o daño del firewall, de tal manera que cada componente posee un sistema de contingencia en sitio alterno, ubicado en las oficinas de la Central de Efectivo del Banco de la República, en la calle 24 Bis # 66-90, que permitiría continuar las operaciones en caso de alguna eventualidad.

Los problemas técnicos se deben reportar al Centro de Soporte Tecnológico al teléfono (601) 343 1000 en Bogotá.

                                                                                                                                           

Los canales oficiales de comunicación habilitados de atención para la recepción y atención de comunicaciones, solicitudes y peticiones, con ocasión de los servicios prestados por el Departamento de Fiduciaria y Valores son los siguientes:

  • Atención telefónica al cliente: línea dispuesta para brindar orientación e información general a través del Call Center: (601)3430444 en el horario establecido de las 8:15 a. m. a 8:00 p. m.
  • Cuenta de correo institucional: Servicioalclientedfv@banrep.gov.co para la atención de toda clase de consultas o solicitudes de información.
  • A través de la mensajería del Sistema Electrónico de Negociación (SEN): mecanismo para enviar y recibir información en línea a los agentes del SEN.

 

El mecanismo empleado por el Depósito Central de Valores (DCV) para el cumplimiento de las operaciones, es el de Liquidación bruta en tiempo real, esto es, operación por operación y de forma continua. Las modalidades de liquidación permitidas en el DCV, según la naturaleza y el origen de la operación, son las siguientes:

a) Entrega contra pago: Modalidad en la cual se asegura que la transferencia de valores en el DCV, de una entidad a otra, ocurra únicamente si existe la disponibilidad del valor o dinero pactado como contraprestación, y éste se transfiere de forma simultánea.

b) Entrega libre de pago: Basta que exista disponibilidad del saldo a transferir en la Cuenta de Valores de la Entidad que ordena la operación.

c) Entrega contra entrega: Operación en la cual se garantiza que la transferencia de valores en el DCV, de una Entidad a otra, ocurra únicamente si existe la disponibilidad de los valores que se entregaran como contraprestación en la operación.
 

El Depósito Central de Valores (DCV) ofrece los servicios depósito de emisiones e inversión o suscripción primaria de valores; pago de capital y rendimientos de valores en custodia; la compensación y liquidación de órdenes de transferencia originadas en operaciones de compraventa, Repos, Simultáneas, Transferencia Temporal de Valores y otras, realizadas con valores de deuda pública interna o con valores emitidos por el Banco de la República que se encuentren registrados electrónicamente o depositados en el DCV. Finalmente se puede hacer la constitución de prendas y/o garantías.

El horario de operación del Depósito Central de Valores (DCV), es de 8:00 a. m. a 8:00 p. m. sin embargo, las entidades pueden solicitar ampliación de horario. En el evento en que las operaciones no se cumplan dentro del horario establecido y no se solicite dicha ampliación, estarán sujetas a las sanciones establecidas para cada una de ellas en la Reglamentación vigente, del sistema externo que las originó.

Pueden tener acceso al Depósito Central de Valores (DCV) las entidades financieras que señale la Junta Directiva del Banco de la República en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 21 de la ley 31 de 1992 y 22 de los Estatutos del Banco de la República expedidos mediante Decreto 2520 de 1993.

Las demás personas naturales o jurídicas podrán tener acceso a los servicios del DCV, por conducto de las Entidades autorizadas para este tipo de intermediación.

Los requisitos para acceder a los servicios del DCV, se pueden consultar la página web del Depósito Central de Valores.

El Depósito Central de Valores del Banco de la República (DCV), es un sistema diseñado para el depósito, custodia y administración de valores mediante anotaciones en cuenta efectuadas como registros electrónicos, así como para la Compensación y  liquidación de operaciones sobre valores, de acuerdo con lo previsto en las normas legales y reglamentarias vigentes.

El Banco de la República tiene establecido un plan de contingencia tecnológica en caso de fallo o daño del servidor de autenticación y autorización, fallo o daño del portal o fallo o daño del firewall, de tal manera que cada componente posee un sistema de contingencia en sitio alterno, ubicado en las oficinas de la Central de Efectivo del Banco de la República, en la Calle 24 Bis # 66-90, que permitiría continuar las operaciones en caso de alguna eventualidad.

Los cierres efectuados o las operaciones registradas en el Sistema Electrónico de Negociación (SEN), son transmitidos al Depósito Central de Valores (DCV) del Banco de la República para su liquidación, el cual se lleva a cabo en forma automática a través del mecanismo de entrega contra pago. En el DCV se realiza la transferencia de los títulos mediante el mecanismo de anotación en cuenta y, en el sistema de pagos de alto valor del Banco de la República, se lleva a cabo la transferencia electrónica del dinero.

Una entidad afiliada podrá solicitar la anulación de una operación cerrada, accediendo en el sistema a la ventana denominada “Operaciones Propias de hoy”. En esta ventana se deberá seleccionar la operación cerrada a anular. Una vez seleccionada, el sistema hace las validaciones requeridas de tiempo y tasa respecto del cierre en firme inmediatamente anterior. Si las condiciones se cumplen, iniciará el proceso de anulación enviando notificación a la contraparte y y a los votantes (cuando sea el caso) cambiando el color a marrón del cierre objeto de anulación. Si la contraparte acepta la solicitud  de anulación o se cumple con la cantidad de votos requeridos…, se procede a la anulación de la operación cerrada y ésta pasará a color rojo. En los casos en que la contraparte no acepte la solicitud de anulación o no conteste, la solicitud no procede y el cierre retorna a estado vigente.

El procedimiento detallado para la anulación de operaciones cerradas se puede consultar en el numeral 2.9 del Manual de Operación del SEN

En el Sistema Electrónico de Negociación (SEN) se pueden registrar las siguientes operaciones acordadas en el mercado mostrador:


a. Compraventas.
b. Simultáneas.
c. Interbancarios.

En el Sistema Electrónico de Negociación (SEN) se pueden negociar o celebrar las siguientes operaciones:


a. Compraventas.
b. Repos (con inmovilización de los títulos objeto de la operación).
c. Simultáneas.
d. Interbancarios.

Se pueden negociar los títulos que estén depositados en el Depósito Central de Valores – DCV del Banco de la República, los más negociados son los Títulos de Tesorería TES Clase “B”.

Las consultas sobre información general o funcional del Sistema Electrónico de Negociación (SEN) son atendidas en el centro de atención telefónica del Departamento de Fiduciaria y Valores, llamando en Bogotá al teléfono (601) 343 0444 y seleccionando la opción 2.

Los problemas técnicos se deben reportar al Centro de Soporte Tecnológico al teléfono en Bogotá (601) 343 1000.

El Banco de la República, en su sede principal, tiene a disposición de las entidades afiliadas dos (2) estaciones desde las que pueden operar ante eventuales fallas tecnológicas que la entidad afiliada no pueda superar.

Para acceder a alguna de estas estaciones, la entidad debe llamar al centro de atención telefónica en Bogotá, (601) 343 0444, y formalizar la solicitud diligenciando el formato solicitud de contingencia para Sistema Electrónico de Negociación (SEN) que se encuentra publicado en nuestro portal web www.banrep.gov.co, o también se puede obtener en la cartelera SEBRA / SEN. Una vez diligenciado, se debe enviar a la cuenta servicioalclienteDFV@banrep.gov.co firmado con la seguridad de SUCED o la herramienta que lo reemplace.

El horario de operación del Sistema Electrónico de Negociación (SEN) está estructurado según las ruedas para negociación y el esquema de registro de operaciones:

Ruedas de negociación:

  • Primer escalón

  • Rueda con cumplimiento el mismo día (CONH): 8:00 a. m. a 1:00 p. m.
  • Rueda con cumplimiento hasta tres (3) días (CTM0): 9:00 a. m. a 3:40 p. m.
  • Rueda Simultáneas: 8:00 a. m. a 3:40 p. m.
  • Segundo Escalón

  • Rueda Compraventas (CVSE): 8:00 a. m. a 3:00 p. m.
    Rueda de Simultáneas e Interbancarios (DINE): 8:00 a. m. a 3:00 p. m.

Sistema de Registro:

  • 8:00 a. m. a 4:30 p. m.