JDS-12321 Concepto de la Secretaría de la Junta Directiva

Fecha

"(...) consulta si se pueden efectuar transferencias entre cuentas del mercado libre que poseen dos residentes en el exterior en moneda extranjera.

Al respecto, me permito manifestarle que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 76 de la Resolución Externa 8 de 2000, las divisas que poseen los residentes en sus cuentas del exterior en moneda extranjera por concepto de operaciones que no deben canalizarse a través del mercado cambiario podrán utilizarse, entre otras, para su venta a otros residentes.

Teniendo en cuenta lo anterior, entre dos empresas colombianas que tengan cuentas en moneda extranjera del mercado no regulado sólo se pueden realizar ventas y no transferencias. Las transferencias de divisas se podrán efectuar siempre y cuando se trate de cuentas de un mismo titular.

En relación con el tema sancionatorio, el Banco de la República no es entidad de control y vigilancia. Por tanto, la entidad competente para pronunciarse sobre una posible sanción es la Dirección de Impuestos y Aduanas nacionales - DIAN.

(...)"

Tema del concepto