Antes de realizar la venta de oro tenga en cuenta que el Banco de la República adquiere exclusivamente oro de producción nacional de origen aluvial libre, es decir mineral de oro extraído de los ríos, sin que haya sido sometido a ningún tipo de modificación ó tratamiento físico o químico, ya sea por extracción con Mercurio, Cianuros o lavado con ácidos y/o Soda Caústica.
El Banco no adquiere oro fundido, oro de veta, retal de joyería u oro procesado química o mecánicamente.
A continuación se relacionan los requisitos exigidos por el BR para realizar la transacción de venta de oro, dependiendo del grupo al que pertenezca quien ofrece el material al Banco:
1. Barequeros
2. Miembros de Área de Reserva Especial (ARE)
Debe cumplir los mismos requisitos señalados anteriormente para los barequeros e incluir adicionalmente la Resolución que delimita el ARE y autoriza su explotación.
3. Comerciantes (Persona Natural o Jurídica)
4. Vendedor con Poder
En caso de que el dueño del mineral (poderdante) desee actuar a través de una tercera persona (apoderado) requerirá:
Si el vendedor es NO contribuyente al impuesto de renta o si la entidad que realiza la venta es autorretenedora, debe adjuntar copia de la Resolución ó Norma que lo certifica como tal.
Si pertenece a una categoría de vendedores diferente a las señaladas anteriormente y desea vender el oro al Banco de la República, por favor indique a cuál pertenece a través del Sistema de atención al ciudadano https://www.banrep.gov.co/es/atencion-ciudadano con el fin de elevar la respectiva consulta a la ANM e informarle los requisitos documentales exigibles.
Cantidades mínimas y máximas a vender
Trámites
Si usted desea vender el oro en el punto de compra Bogotá debe enviar escaneados los documentos exigidos como requisitos a la dirección electrónica dti-metalespreciosos@banerp.gov.co Para las restantes sedes (Medellín y Quibdó) el canal de envió de los requisitos escaneados es través del Sistema de Atención al Ciudadano https://www.banrep.gov.co/es/atencion-ciudadano.
Una vez sean recibidos el Banco de la República realizará su debida verificación.
Cuando esta etapa de verificación documental finalice satisfactoriamente, se le informará a su correo electrónico para que se presente en el punto de compra de la ciudad a donde remitió los documentos para llevar a cabo la segunda etapa del proceso de compra. En esta etapa:
Puntos de atención y horarios
NOTA IMPORTANTE:
Al diligenciar y firmar los diferentes formatos exigidos para vender oro al Banco de la República en los cuales consignará información personal es pertinente que tenga muy en cuenta la normatividad que se presenta a continuación:
IMPORTANTE - Autorización de tratamiento de datos personales: Con el diligenciamiento y firma del presente formato usted autoriza o hace constar que se encuentra facultado por los respectivos titulares para autorizar el suministro al BANCO DE LA REPÚBLICA de los datos personales aquí consignados, así como el tratamiento (recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión) de todos los datos que nos suministra con la finalidad de cumplir con los procedimientos dispuestos para la compraventa de metales preciosos al Banco de la República.
Para tal efecto, el BANCO DE LA REPÚBLICA informa que (i) El tratamiento de los datos personales se realizará de acuerdo con las políticas o lineamientos generales disponibles, en la sección “Protección de Datos Personales - Habeas Data”, disponibles desde el 18 de junio de 2013; (ii) Está comprometido con la seguridad y protección de los datos personales de que es responsable, y sus sistemas de gestión para manejo de información cuentan con las certificaciones vigentes ISO 9001 e ISO/IEC 27001, ésta última referida a la seguridad de la información. De esta manera, buena parte de las políticas y estándares del sistema de gestión de la información de la Entidad están enfocadas a proteger la confidencialidad de la información; por ello, dispositivos de control de acceso y/o autenticación a la red, software para manejar niveles de autorización, monitorear la actividad en los sistemas y registro de estas actividades, son algunos de los mecanismos que soportan estas políticas y estándares. La conservación de los documentos e información se efectúa en cumplimiento y dentro de los términos señalados en el artículo 55 de la Ley 31 de 1992; (iii) El titular de los datos personales podrá acceder, conocer, actualizar y rectificar dichos datos; ser informado del uso dado a los mismos; presentar consultas y reclamos sobre el manejo de dichos datos; revocar esta autorización o solicitar la supresión de los datos, en los casos en que sea procedente, y los demás derechos que le confiere la Ley; (iv) Para ejercer tales derechos, podrá contactarse a través del Sistema de Atención al Ciudadano (SAC): puntos de atención presencial, Centro de atención telefónica (Línea gratuita nacional: 01 8000 911745), atención vía web. Para mayor información, consulte la página Web del Banco de la República, en la sección “Sistema de Atención al Ciudadano (SAC).