Preguntas frecuentes relacionadas con Inversiones internacionales

1. ¿Si canalicé las divisas de mi inversión internacional a través de un Intermediario del Mercado Cambiario (IMC) debo hacer también el registro ante el Banco de la República?

No es necesario adelantar gestiones adicionales ante el Banco de la República para el registro de su inversión. Lo anterior teniendo en cuenta que la canalización de las divisas a través del mercado cambiario (Intermediarios del Mercado o cuentas de compensación) conlleva el registro automático de la inversión internacional.

Fuente normativa: 
numeral 7.1.1 y 7.3.1 del Capítulo 7 de la Circular Reglamentaria Externa DCIP-83.

2. ¿En qué casos debo hacer el registro de mi inversión en el Sistema de Información Cambiaria?

El registro de inversiones internacionales en el Sistema de Información Cambiaria aplica para aquellas inversiones que no requieren de la canalización de divisas, según los orígenes de registro.

Para conocer más información sobre el diligenciamiento del registro sin canalización de divisas podrá consultar la guía para diligenciar el registro de inversiones internacionales.

Fuente normativa: 
numeral 7.2.1.2 Y 7.3.2 del Capítulo 7 de la Circular Reglamentaria Externa DCIP-83.

3. ¿Puedo corregir la información de inversiones internacionales que se encuentra reportada ante el Banco de la República?

Si, los numerales 1.4 y 1.5 del Capítulo 1 de la Circular Reglamentaria Externa DCIP-83 establecen los procedimientos de correcciones, cambios, y anulación de declaraciones de cambio transmitidas a través de los Intermediarios del Mercado Cambiario y cuentas de compensación.

El numeral 7.1.4 de la misma Circular establece también los procedimientos para hacer cambios en la información de registros de inversiones internacionales.

Fuente normativa:
numeral 1.4, 1.5 y 7.1.4 de los Capítulos 1 y 7 de la Circular Reglamentaria Externa DCIP-83. 

4. ¿Cómo puedo obtener un extracto de mis inversiones?

Usted puede consultar su extracto de inversiones ingresando al Sistema de Información Cambiaria del Banco de la República. Si tiene dudas sobre el ingreso al Sistema de Información Cambiaria y la obtención del extracto de inversiones internacionales, lo invitamos a consultar el Material de apoyo del Sistema de Información Cambiaria.

El Banco de la República no expide comunicaciones para entregar los extractos de inversión extranjera.

Fuente normativa:
numeral 1 del Anexo 3 de la Circular Reglamentaria Externa DCIP-83.