JDS-CA-19016 Concepto de la Secretaría de la Junta Directiva

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Damos respuesta a su comunicación (...) en la que nos consulta sobre el tratamiento cambiario aplicable a un acuerdo SAFE (Simple Agreement for Future Equity) donde la entidad financiada cede su posición contractual a un no residente.
 
Al respecto, nos permitimos manifestarle que independientemente de la caracterización contractual de los SAFEi, estos acuerdos constituyen una herramientas de financiación, por lo que en el caso en que las partes involucradas en la operación sean un residente y un no residente, debe aplicarse la regulación cambiaria aplicable al endeudamiento externo, según la cual, se consideran crédito externo todas las financiaciones entre residentes con no residentes independientemente de la moneda de estipulación, desembolso o pago (artículo 44 de la R.E. 1 de 2018 de la Junta Directiva del Banco de la República) .
 
Aclarado lo anterior, en el caso de su consulta donde la empresa residente cede su posición contractual a un no residente, habría lugar a adelantar el siguiente procedimiento cambiario:
 
- Se debe informar el crédito externo activo siguiendo el procedimiento del inciso 3 del numeral 5.2.2.de la Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 según el cual:
 
“……..Cuando se trate de créditos externos originados en reorganizaciones empresariales internacionales o cualquier acto o negocio jurídico en virtud de las cuales un residente resulte acreedor de un crédito externo, deberá presentarse al BR el Formulario No. 7 “Información de endeudamiento externo otorgado a no residentes”, a través de los IMC, previo al primer reintegro por el pago de capital o intereses o, en todo caso, antes del plazo de seis (6) meses contados a partir de la fecha de inscripción en el registro mercantil de la escritura pública que perfecciona el acto….”
 
- Ya sea que se haga efectiva la capitalización futura en el no residente o que haya lugar al retorno de los recursos entregados, aplica lo previsto en el literal d) del numeral 7.3.1. de la Circular Reglamentaria Externa DCIN-83, según el cual: “…….En caso de que los recursos del endeudamiento externo activo se capitalicen total o parcialmente, se deberá solicitar el registro de la inversión colombiana conforme al procedimiento señalado en el numeral 7.3.2 de este Capítulo. En caso de que los recursos del endeudamiento externo activo no se capitalicen total o parcialmente, el ingreso de los recursos deberá efectuarse por conducto del mercado cambiario según lo señalado en los numerales 5.2.3 y 5.2.6 del Capítulo 5 de esta Circular…”.
 
(...)"
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i https://www.phylo.co/post/venture-capital-qu%C3%A9-es-un-safe “este contrato (…) permite formalizar jurídicamente el hecho de recibir la inversión hoy y dejar para el futuro el cálculo del porcentaje accionario al que tendrían derecho los inversionistas. (….) En conclusión, jurídicamente estamos hablando de un contrato en el que se acuerda recibir una suma de dinero como un anticipo para una futura capitalización. Esta suma de dinero, llegado el evento de conversión, se capitaliza en la sociedad y dará derecho a participaciones accionarias, las cuales se calcularán teniendo como valoración de referencia el cap pactado o la valoración real de mercado aplicando el descuento (dependiendo de lo negociado)” https://g2consultores.com.mx/2019/10/04/la-nota-convertible-es-una-gran… “Un SAFE es un instrumento de deuda por el que un inversionista presta dinero a una startup a cambio de convertir dicho préstamo en acciones de la sociedad en el corto o mediano plazo….”.
 
https://alertaeconomica.com/el-acuerdo-de-futuro-capital/ “Los SAFEs son contratos estándar con pocas variables negociables, utilizados por startups para levantar financiamiento de inversionistas. ….Al invertir en el SAFE de una empresa, el inversionista tiene el derecho a convertir el monto invertido en acciones preferentes de una futura ronda de financiamiento. Típicamente, el monto se convierte a un precio descontado en comparación al pagado por los nuevos inversionistas. El tamaño del descuento depende del “descuento” o “tope de avaluación” fijados en el SAFE. …..A diferencia de los mutuos convertibles, que son considerados instrumentos de deuda, no existe expectativa que los SAFEs sean pagados por la compañía emisora. Más aún, las inversiones mediante SAFE no devengan interés y no tienen una fecha de vencimiento (i.e. una fecha en que el pago de la deuda es exigible).
 
https://blog.broota.com/2016/09/que-es-y-como-funciona-el-safe/ “A diferencia de la Deuda o Bono Convertible, el SAFE no es un instrumento de deuda. Los instrumentos de deuda tienen fechas de pago, están sujetas a regulaciones, crean una amenaza de insolvencia, y pueden incluir intereses y en algunos casos acuerdos subordinación. Como el dinero invertido vía SAFE no es un préstamo, no acumula interés. Este punto beneficia particularmente a las Startups, sin embargo también mejora la intención final de un inversionista quien nunca tuvo la intención de ser prestamista.”
 
https://laestrella.gov.co/uploads/entidad/documentos/88178-21-guia-de-i… “Los principales instrumentos para la obtención de recursos que Gómez-Pinzón nos presenta son: (….) SAFE (Simple Agreement for Future Equity):
Es un anticipo de capital para una capitalización futura cuando haya un evento de liquidez. Son un modelo de instrumento financiero creado por la empresa Y-Combinator y, como su nombre lo indica, se trata de un documento sencillo para la consecución
de recursos rápidamente. Los SAFEs recaudan recursos que eventualmente serán convertidos en capital (equity) sin que el dinero entregado sea entendido como un crédito. Por lo tanto, en caso de que el dinero invertido no se convierta en acciones, solo deberá retornarse el dinero entregado por el inversionista, sin derecho a intereses.”