Atención en Centros Complementarios de Efectivo - Servicio cambio de efectivo al público
El Banco de la República cuenta con contratos con compañías transportadoras de valores para la prestación de los servicios de operación como Centros Complementarios de Efectivo (CCE).
¿Qué son los Centros Complementarios de Efectivo?
Son fondos de efectivo del Banco de la República operados bajo responsabilidad de compañías transportadoras de valores en diferentes ciudades del país, con los cuales estas firmas realizan las operaciones de tesorería autorizadas por el Banco, para cambio de efectivo con entidades financieras y el público en general, sin costo para los usuarios.
¿Qué debo tener en cuenta para acceder a este servicio?
Antes de acercarse al Centro Complementario de su ciudad, revise los horarios de atención y ubicaciones
Recuerde que los billetes de alta denominación son los de: 100.000 pesos, 50.000 pesos, 20.000 pesos y 10.000 pesos y los de baja denominación son 5.000 pesos, 2.000 pesos y 1.000 pesos.
Tenga en cuenta que los billetes y monedas que se cambian en los Centros Complementarios de Efectivo deben ser colombianos.
Servicio de ventanilla de atención al público para cambio de efectivo
Los Centros Complementarios de Efectivo que tengan autorizado el servicio de ventanilla de atención al público para cambio de efectivo, (Ver CEOS DTE-406 Asunto 74: Servicios de Tesorería) realizarán las operaciones de cambio de efectivo descritas a continuación sin costo para el usuario:
- Recibir billetes de alta denominación en cualquier estado (aptos o deteriorados) y entregar a cambio el valor equivalente en billetes aptos de baja denominación o moneda metálica de cualquier denominación.
- Recibir billetes deteriorados de baja denominación y entregar a cambio el valor equivalente en billetes aptos de baja denominación o moneda metálica de cualquier denominación.
¿Quiénes pueden acceder al servicio?
Personas naturales mayores de 18 años
Condiciones para acceder al servicio
- Las entregas de moneda se realizarán por el CCE en bolsas completas conformadas por mil o dos mil monedas, conforme a la presentación estándar Banco República descrita en el numeral 2.8. del Capítulo 2. CONCEPTOS GENERALES de la CEOS DTE-406 Asunto 74: Servicios de Tesorería.
- Las entregas de billetes, se realizará de acuerdo con la presentación estándar del Banco de la República, es decir mínimo un fajo (100 billetes) de la misma denominación.
En caso de que durante las operaciones de cambio el CCE encuentre algún billete falso o falso con alteración no accidental (ANA), lo retendrá y remitirá al Departamento Técnico Industrial del Banco de la República en la Central de Efectivo en Bogotá, atendiendo el procedimiento previsto por el Banco en la Circular Externa Operativa y de Servicios DTE-182, Asunto 29 “Consultas sobre cambiabilidad y autenticidad de billetes y monedas emitidos por el Banco de la República” disponible en www.banrep.gov.co/es/consultas-sobre-cambiabilidad.
Reglamentación que complementa la información
- Circular Externa Operativa y de Servicios DTE-406 Asunto 74: Servicios de Tesorería
- Circular Externa Operativa y de Servicios DTE-182, Asunto 29 Consultas sobre cambiabilidad y autenticidad de billetes y monedas emitidos por el Banco de la República.