Salida a producción del nuevo Depósito Central de Valores (DCV)

Fechas importantes que debe tener en cuenta:


27 de marzo de 2024: último día de operación del actual sistema de información del DCV, el cual funcionará normalmente hasta la hora de cierre de operaciones.


Del 28 al 31 de marzo de 2024: creación de cuentas y migración de datos (saldos y operaciones a plazo) al nuevo sistema de información por parte del Banco de la República y certificación de estos por parte de las entidades. También la habilitación de usuarios por parte de los administradores de las entidades.


1 de abril de 2024: primer día de operación del nuevo sistema de información del DCV.

Cronograma de actividades

A continuación, se presenta la cronología de los hitos relevantes de la migración y puesta en producción del nuevo sistema de información:

FechaHoraResponsableActividad
27 de marzo20:00BanRep1. Cierre del día de operación en el actual DCV (ambiente de producción).
27 de marzo20:00BanRep2. Respaldo de la información (ambiente de producción en el actual sistema) que será migrada al nuevo sistema de información del DCV (ambiente de producción del nuevo sistema).
27 de marzo21:00Depositantes Directos e IMF3. Hora límite para la obtención de la información del actual sistema que cada entidad determine como insumo para la conciliación de los datos migrados (Cuentas, saldos, operaciones a plazo vigentes).
28 de marzo7:00-13:00BanRep4. Ejecución de los procesos de configuración de parámetros, migración y validación interna.
28 de marzo14:00–14:30Depositantes Directos e IMF5. Asignación de perfiles a los usuarios de la entidad por parte del administrador Delegado de Perfiles
28 de marzo14:30–18:00Depositantes Directos e IMF6. Conciliación de los datos migrados al nuevo sistema del DCV (ambiente de producción). Este proceso se hará respecto a la información con corte al cierre de operaciones del 27 de marzo de 2024. Se deberán verificar las cuentas de valores, los saldos de las cuentas de valores, la asociación de cuentas de dinero y las operaciones a plazo que se encontraban vigentes al cierre del 27 de marzo. Particularmente para estas operaciones; se debe verificar únicamente que existan las transacciones de regreso (retrocesión), puesto que las operaciones de ida o iniciales habrán sido realizadas en el DCV que sale de producción y no serán migradas.

7.Certificación de la información.
29 de marzo7:00–9:00BanRep8. Ejecución de procesos de inicio del siguiente día hábil al del cierre en el nuevo sistema del DCV (ambiente de producción).
29 de marzo9:00–12:00BanRep9. Verificaciones internas de vencimientos de capital e intereses (acciones corporativas), causación de rendimientos de títulos valores y causación de rendimientos de las operaciones a plazo con BanRep.
10. Validaciones de retrocesiones de operaciones a plazo con fecha de cumplimiento 1° de abril de 2024.
29 de marzo11:00–18:00Depositantes Directos e IMF11. Verificación de saldos de cuentas de valores luego de la ejecución de los procesos de pago de rendimientos y capital con vencimiento posterior a la fecha de cierre y hasta el 1° de abril de 2024, de devolución (retrocesión) de operaciones a plazo, y de liquidación de operaciones futuras (en caso de existir). Esta verificación se hace en el nuevo sistema del DCV (ambiente de producción); en caso de no haberse dado las condiciones para la liquidación (suficiencia de activos), se verificará que hayan quedado “pendientes”.

12. Certificación de la información.
30 de marzo9:00-17:00Depositantes Directos, IMF, y BanRep13. Espacio reservado para aquellas entidades que no encontraron a satisfacción la migración de datos, durante el cual se resolverán las inquietudes sobre la información registrada en el nuevo sistema del DCV.
31 de marzo9:00-15:00Depositantes Directos, IMF, y BanRep14. De ser necesario, en este espacio se continuará resolviendo hallazgos identificados durante la migración.
31 de marzo15:00BanRepFin de la migración y paso a producción

Migración de datos

Durante el fin de semana del 28 al 31 de marzo de 2024, se realizará la migración de datos al nuevo sistema de información del DCV. En esta actividad deberán participar todos los Depositantes Directos; incluidas las Infraestructuras del Mercado Financiero (IMF) con dicho tipo de vinculación a los servicios del Depósito.

El proceso de migración, además de transferir la información necesaria del actual al nuevo sistema del DCV, habilitará el ambiente productivo para que los participantes puedan iniciar su operación el día 1 de abril a la hora normal de apertura del servicio. En adición a las validaciones, conciliaciones, y chequeos que el Banco de la República realice durante el proceso de migración, los Depositantes Directos deberán conciliar y certificar las cuentas de valores, los saldos de los títulos (inclusive las medidas cautelares vigentes que recaigan sobre estos) y las operaciones con cumplimiento posterior a la fecha del ejercicio de migración, es decir, a partir del 1 de abril de 2024, particularmente, las operaciones de regreso o de restitución de Repos, Simultáneas, Préstamos de Valores(TTV), Garantías y Prendas.


Lo que deben saber los usuarios para la entrada en producción (paso a paso).

Consideraciones:

Inscribir los administradores delegados para el manejo de perfiles dentro del nuevo sistema DCV. La inscripción se deberá hacer mediante correo electrónico dirigido a ServicioalClienteDFV@banrep.gov.co.

El administrador delegado de perfiles debe asignar el perfil que corresponda a cada uno de los usuarios de la entidad que operará el DCV. También podrá crear o modificar perfiles.

Validación y Certificación de las cuentas de valores, los saldos de cuentas de valores, operaciones a plazo vigentes al momento de la migración, y las cuentas de depósito asociadas a las cuentas de valores.


  1. De acuerdo con lo informado en el Boletín DCV 332 , a más tardar el 20 de marzo de 2024, el Representante legal de cada entidad deberá informar los funcionarios de la entidad que tendrán el rol de Administradores Delegados de Perfiles, y el Delegado PKI deberá realizar la asignación de la aplicación del nuevo DCV (DCV2) a cada uno de los usuarios (incluidos los Administradores Delegados de Perfiles) los cuales podrán ingresar al nuevo sistema del DCV.
  2. El acceso al nuevo sistema del DCV se deberá hacer a través de los computadores con los canales dedicados con el Banco de la República que cada entidad usa para acceder a los servicios del DCV (ambiente de producción).
  3. El soporte durante el proceso de migración se hará a través de los siguientes mecanismos:
    1. Correo de Servicio al Cliente y del equipo del proyecto: ServicioalClienteDFV@banrep.gov.co. Las consultas recibidas en estas direcciones de correo se responderán por el mismo medio y se procurará, dependiendo del volumen y de la consulta, que sea dentro de la misma jornada y en el mismo orden de recibo. De no lograrse (por complejidad o dimensión), y de acuerdo con el cronograma establecido, las consultas se atenderán durante los días 30 y 31 de marzo.
    2. Soporte sobre temas de funcionalidades: Teléfono +57 (601) 343-0444.
    3. Soporte técnico sobre conexión y temas relacionados con acceso a SEBRA: Teléfono +57 (601) 343-2288
  4. Se recomienda previamente visualizar el siguiente video en el que se sugiere una forma o procedimiento para consultar en el nuevo sistema de información la información migrada.

  5. El Banco de la República le asignará a cada Administrador Delegado de Perfiles el correspondiente perfil. Este Delegado podrá asociar el perfil o crear los perfiles que considere y asignarlos a los usuarios de su entidad. Para el efecto, se recomienda visualizar el siguiente video que presenta la guía para creación, asignación, modificación y eliminación de perfiles.

  6. Los Depositantes Directos tendrán la posibilidad de consultar información en el actual sistema (ambiente de producción) para constatar los datos migrados.
  7. La información que debe ser certificada por los Depositantes Directos corresponde a:
    1. Completitud de las cuentas de valores.
    2. Saldos en las cuentas de valores, tanto en posición propia como de terceros o clientes. Se debe tener en cuenta que, si en el actual sistema del DCV existen valores transferidos o dados en operaciones de prenda, en operaciones de garantías, en operaciones repo, o sobre los que recaiga alguna medida cautelar (embargo), estos valores se verán en las subcuentas correspondientes en el nuevo sistema del DCV (Prendado, Inmovilizado, Disputado o Embargado, según corresponda).
    3. Operaciones vigentes que se hayan constituido en el actual sistema antes de la fecha del proceso de migración y que su cumplimiento o su segunda parte (devolución o retrocesión o liberación), se deba dar en el nuevo sistema del DCV, es decir, a partir del 1 de abril de 2024.
    4. Cuentas de depósito (cuentas del CUD) asociadas a las cuentas de valores.
    5. En caso de existir, se deben validar las operaciones de pago de rendimientos, pagos de capital (principal), retrocesiones de operaciones a plazo, y los saldos de las cuentas de valores luego de estas operaciones.
  8. El formulario que se debe diligenciar para la certificación de la información migrada o para reportar las inconsistencias encontradas estará disponible en el siguiente enlace:
    Formulario marzo 28 - Jueves
    Formulario marzo 29 - Viernes
    Las entidades que por sus políticas de seguridad informática no puedan acceder a los anteriores formularios, deberán enviar la certificación por correo electrónico a las cuentas informadas en el numeral 3.
  9. En aquellos casos en los que los participantes no diligencien el formulario, el Banco de la República entenderá que el proceso de migración de sus cuentas, saldos u operaciones fue exitoso, y que mantienen la integridad y se encuentran conformes, entre otros, en cantidad, número y exactitud respecto a los datos que reposan en el actual sistema de información.