"Artículo 2.1.2.3.7. Liquidación.
Estabilidad financiera, sector monetario y financiero
A continuación, se listan los contenidos disponibles en el portal relacionados con la consulta.
- Reglamentación |Subsección primera. Unidad de Poder Adquisitivo Constante (UPAC)
- Reglamentación |
En el Boletín de la Junta Directiva 254 de 1991, se publica la Resolución Externa 5 del 30 de enero de 1991 "Por la cual se dictan medidas en relación con las...
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"Artículo 1. El Banco de la República calculará mensualmente e informará con idéntica periodicidad a las corporaciones de ahorro y vivienda, para cada uno de los días del mes siguiente, los valores en moneda legal de la Unidad de Poder Adquisitivo Constante (UPAC), calculada así...
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"Artículo 1. Los créditos de las corporaciones de ahorro y vivienda para financiar la adquisición de vivienda de interés social, definida por a Ley 9 de 1989, no podrán estipularse en Unidades de Poder Adquisitivo Constante (UPAC).
- Reglamentación |
"Artículo 1.
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"Artículo 1. Desde el 1 de abril de 1988, el aumento máximo de la Unidad de Poder Adquisitivo Constante (UPAC) no podrá sobrepasar el veintidós por ciento (22%) anual."
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"Artículo 2. A partir del 1 de febrero de 1986, limítase el aumento de la Unidad de Poder Adquisitivo Constante (UPAC) a un máximo del veintiuno por ciento (21%) anual."
- Reglamentación |
"Artículo 1.
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"Artículo 1. A partir de la vigencia de este decreto, limítase el aumento dela Unidad de Poder Adquisitivo Constante (UPAC) a un máximo del veintitrés (23%) anual."
- Reglamentación |
"Artículo 1. A partir del 1 de octubre de 1980 limítase el aumento de la unidad de poder adquisitivo constante UPAC a un máximo de 21 por ciento anual."
- Reglamentación |
"Artículo 11. A partir del 1o. de abril de 1979, limítase el aumento de la unidad de poder adquisitivo constante UPAC a un máximo de 19 por ciento anual."
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"Artículo 5. A partir del 1 de julio de 1976 suprímese la Junta de Ahorro y Vivienda creada por el Decreto 677 de 1972. Las funciones que de acuerdo con las disposiciones legales estaban encomendadas a la Junta de Ahorro y Vivienda, continuarán ejerciéndose de la manera como se...
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"Artículo 1. La Junta de Ahorro y Vivienda calculará mensualmente e informará con idéntica periodicidad a las Corporaciones de Ahorro y Vivienda para cada uno de los días del mes siguiente los valores de la Unidad de Poder Adquisitivo Constante (UPAC), en moneda legal, de...
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"Artículo 1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 1 del Decreto 269 Bis de 1974 en relación con el sistema de cálculo de los valores de la Unidad de Poder Adquisitivo Constante (UPAC), limítase el aumento de su valor a un máximo del 19% anual."
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"Artículo 1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 269 Bis de 1974 en relación con el sistema de cálculo de los valores de la Unidad de Poder Adquisitivo Constante (UPAC), limítase el aumento de su valor a un máximo del veinte por ciento (20...
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"Artículo 1. El artículo 1 del Decreto 969 de 1973 quedará así:
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"Artículo 1. El artículo 3 del Decreto 1229 de 1972 quedará así:
La Junta de Ahorro y Vivienda calculará mensualmente e informará con idéntica periodicidad a las Corporaciones de Ahorro y Vivienda para cada uno de los días del mes siguiente los valores de la UPAC, en...
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"Artículo 3. La Junta de Ahorro y Vivienda calculará mensualmente o informará con idéntica periodicidad a las corporaciones de Ahorro y Vivienda para cada uno de los días del mes siguiente los valores de la UPAC, en moneda legal, de acuerdo con la variación resultante del...
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Este documento reporta los resultados de la aplicación de un test de las teorías de estructura de capital aplicado a los datos colombianos. El test utiliza un filtro para identificar los picos de inversión. Se encuentra que las empresas en Colombia no realizan siempre su inversión de forma...


























