En el Boletín de la Junta Directiva 19 de 1999, se publica el 1 de junio de 1999, la Resolución externa 10 "Por la cual se dictan medidas en relación con las...
Normatividad relacionada con la Unidad de Poder Adquisitivo Constante (UPAC)
A continuación, se listan los contenidos disponibles en el portal relacionados con la consulta.
- Reglamentación |
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En el Boletín de la Junta Directiva 14 de 1999, se publica la Resolución Externa 8 del 14 de mayo de1999 "Por la cual se dictan medidas en relación con las...
- Reglamentación |
En el Boletín de la Junta Directiva 9 de 1999, se publica la Resolución Externa 6 del 5 de marzo de1999 "Por la cual se dictan medidas en relación con las...
- Reglamentación |
En el Boletín de la Junta Directiva 18 de 1995, se publica la Resolución Externa 18 del 30 de junio de 1995 "Por la cual se dictan medidas en relación con las...
- Reglamentación |
En el Boletín de la Junta Directiva 22 de 1994, se publica la Resolución Externa 26 del 31 de 9 de septiembre de 1994, "Por la cual se dictan medidas en relación con las...
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En el Boletín de la Junta Directiva 7 de 1993, se publica la Resolución Externa 10 del 15 de abril de 1993 "Por la cual se dictan medidas en relación con las corporaciones de ahorro y vivienda".
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En el Boletín de la Junta Directiva 5 de 1993, se publica la Resolución Externa 6 del 15 de marzo de 1993 "Por la cual se dictan medidas en relación con las...
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"Artículo 3. El artículo 2.1.2.3.7 del estatuto orgánico del sistema financiero quedará así:
- Reglamentación |Subsección primera. Unidad de Poder Adquisitivo Constante (UPAC)
"Artículo 2.1.2.3.7. Liquidación.
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En el Boletín de la Junta Directiva 254 de 1991, se publica la Resolución Externa 5 del 30 de enero de 1991 "Por la cual se dictan medidas en relación con las...
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"Artículo 1. El Banco de la República calculará mensualmente e informará con idéntica periodicidad a las corporaciones de ahorro y vivienda, para cada uno de los días del mes siguiente, los valores en moneda legal de la Unidad de Poder Adquisitivo Constante (UPAC), calculada así...
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"Artículo 1. Los créditos de las corporaciones de ahorro y vivienda para financiar la adquisición de vivienda de interés social, definida por a Ley 9 de 1989, no podrán estipularse en Unidades de Poder Adquisitivo Constante (UPAC).
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"Artículo 1.
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"Artículo 1. Desde el 1 de abril de 1988, el aumento máximo de la Unidad de Poder Adquisitivo Constante (UPAC) no podrá sobrepasar el veintidós por ciento (22%) anual."
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"Artículo 2. A partir del 1 de febrero de 1986, limítase el aumento de la Unidad de Poder Adquisitivo Constante (UPAC) a un máximo del veintiuno por ciento (21%) anual."
- Reglamentación |
"Artículo 1.
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"Artículo 1. A partir de la vigencia de este decreto, limítase el aumento dela Unidad de Poder Adquisitivo Constante (UPAC) a un máximo del veintitrés (23%) anual."
- Reglamentación |
"Artículo 1. A partir del 1 de octubre de 1980 limítase el aumento de la unidad de poder adquisitivo constante UPAC a un máximo de 21 por ciento anual."
- Reglamentación |
"Artículo 11. A partir del 1o. de abril de 1979, limítase el aumento de la unidad de poder adquisitivo constante UPAC a un máximo de 19 por ciento anual."
- Reglamentación |
"Artículo 5. A partir del 1 de julio de 1976 suprímese la Junta de Ahorro y Vivienda creada por el Decreto 677 de 1972. Las funciones que de acuerdo con las disposiciones legales estaban encomendadas a la Junta de Ahorro y Vivienda, continuarán ejerciéndose de la manera como se...
























