¡Evite inconvenientes!: toda cuenta de compensación genera obligaciones ante el BanRep y la DIAN

Fecha de publicación:
Viernes, 28 noviembre 2025
16:41

Si va a registrar cuentas bancarias del exterior como cuentas de compensación en el Sistema de Información Cambiaria, recuerde que cualquier cuenta registrada genera obligaciones de reporte de información ante el Banco de la República y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, sin excepción. Debe tener presente lo siguiente:

La cuenta debe estar registrada con todos sus datos ciertos

Al momento de registrar una cuenta bancaria del exterior como cuenta de compensación, verifique que los datos del titular (persona natural o jurídica), el número de la cuenta, el país, la moneda y el banco del exterior, corresponden a los datos reales. No deben registrarse cuentas de compensación a nombre de representantes legales ni de terceros, que no sean los titulares.

No registre una cuenta bancaria más de una vez

Evite registrar más de una vez una misma cuenta bancaria en el Sistema de información Cambiaria, modificando alguno de los datos de identificación de la cuenta, como el titular, el número de cuenta, el nombre de la entidad financiera, la ciudad o el país.

Todas las cuentas bancarias registradas como cuentas de compensación y que se encuentren activas tienen la obligación de transmitir el reporte mensual. Además, no es posible migrar información entre dos registros de cuentas.