JDS-CA-11834 Concepto de la Secretaría de la Junta Directiva

Fecha

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Damos respuesta a su comunicación (...) mediante la cual consulta cuál es el procedimiento cambiario para que un no residente canalice el reembolso de los pagos de impuestos en moneda legal efectuados en su nombre por parte de un residente.

Al respecto, nos permitimos reiterar lo dispuesto en nuestras comunicaciones JD-S-CA-05445-2019 del 5 de abril de 2019 y Q1816394 del 17 de octubre de 2018 (...) 

De otra parte, dado que según lo manifestado en su comunicación, los pagos por concepto de impuestos en moneda legal fueron realizados a nombre del no residente por una sociedad residente vinculada a éste, debe tenerse adicionalmente en cuenta que si se trata de una matriz del exterior y su sucursal en Colombia, el régimen cambiario (Art. 56 de la R.E. 1/18) establece que las transferencias de divisas entre ellas solamente pueden efectuarse por los siguientes conceptos: (i) transferencia de capital asignado o suplementario, (ii) reembolso de utilidades y capital asignado o suplementario, (iii) pago por concepto de operaciones reembolsables de comercio exterior de bienes, de conformidad con las normas aduaneras y tributarias; y (iv) pago por concepto de servicios, de conformidad con las normas tributarias. 1

Las divisas que transfieran las matrices del exterior a sus sucursales en Colombia del régimen general para su operación, deben ser canalizadas bajo el concepto de inversión suplementaria al capital asignado utilizando el Formulario No. 4 "Declaración de cambio por inversiones internacionales”.

En este caso, tratándose de transferencias para el pago de impuestos que no son como tal de la sucursal, no corresponderían a divisas para su operación ni a ninguna otra de las transferencias permitidas por el régimen cambiario entre matrices y sucursales.

(...)"

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1 Los pagos por concepto de operaciones de comercio exterior de bienes o servicios a los que alude la norma en los numerales 3 y 4, corresponden a transacciones relativas a compras o ventas de bienes o servicios entre la matriz y la sucursal.