JDS-27443 Concepto de la Secretaría de la Junta Directiva

Fecha

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Damos respuesta a su comunicación (...),  mediante la cual consulta sobre la forma en que debe ser canalizado el pago al exterior por concepto de la reparación de una mercancía importada, cuyo valor se encuentra incluido en el valor de aduana consignado en la declaración de importación.

Al respecto, me permito manifestarle que en materia de la regulación de cambios internacionales, la caracterización que se dé a una operación desde el punto de vista de la regulación aduanera es determinante para definir las normas aplicables. 

De esta forma, si para el caso de su consulta según la regulación aduanera el valor en la declaración de importación debe corresponder al valor de aduana el cual a su vez debe incorporar el valor por concepto de la reparación de la mercancía importada, consideramos que este último hace parte integrante del pago de la importación por lo que debe ser canalizado de manera obligatoria por el importador a través de los IMC o de las cuentas de compensación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.17.1.4. del Decreto 1068 de 2015 y los artículos 7 y 10 de la Resolución Externa 8 de 2000 de la Junta Directiva del Banco de la República, siguiendo el procedimiento del numeral 3 de la Circular Reglamentaria Externa DCIN-83.

(...)"

Tema del concepto