Sustitutos pensionales

Requisitos para inscripción:

Los familiares de empleados(as) y pensionados(as) fallecidos(as) a quienes se les reconozca pensión por sustitución por parte del Banco, deberán efectuar los trámites de inscripción al servicio de salud así hubieren estado afiliados(as) anteriormente. Quienes estén inscritos(as) previamente al servicio médico no deberán hacer nuevos exámenes médicos ni odontológicos.

Si la sustitución pensional se reconoce conjuntamente a cónyuge y/o compañeras(os) permanente(s), el beneficio extralegal del servicio médico se otorgará únicamente a la persona que para la fecha del fallecimiento del pensionado(a) se encuentre inscrita al mismo. En el evento que no existiera inscripción anterior, se le otorgará el beneficio a quien el Banco le haya reconocido la mayor proporción de la sustitución pensional. Si hay dos o más personas en calidad de cónyuge y/o compañeras(os) permanentes a quienes se les otorgue el mismo porcentaje de sustitución, se aceptará la inscripción al servicio médico de quien primero cumpla con los trámites de la solicitud.

Documentos para inscripción:

  1. Fotocopia del documento de identidad.
  2. Forma electrónica BR-3-385-0 «Formulario de inscripción al servicio de salud».
  3. Forma electrónica BR-3-750-0 «Formato de autorización voluntaria para acceso a historia clínica y tratamiento de datos personales por la empresa interventora de los servicios de salud prestados por la empresa de medicina prepagada» (voluntario).
  4. Formato de Autorización de Tratamiento de Datos Personales (voluntario)
  5. Formularios y documentos que requiera la EMP en su proceso de inscripción, según el tipo de familiar:

Una vez completes los documentos debes enviarlos al buzón medico@banrep.gov.co

Nota: los sustitutos(as) pensionales no validan requisitos de inscripción.

Consulta aquí el Instructivo de diligenciamiento de los formatos de afiliación.