Representación en el Sistema de Información Cambiaria

Las personas naturales pueden actuar en el Sistema de Información Cambiaria directamente, sin necesidad de intermediarios o representantes. Si lo quieren, pueden designar un representante que entre al Sistema y se encargue de registrar, transmitir y consultar sus operaciones. Este puede ser el caso, por ejemplo, de un inversionista extranjero o de un titular de cuenta de compensación, que no conoce al detalle la reglamentación cambiaria colombiana y prefiere contratar a alguien para que se encargue.

Por su parte, las personas jurídicas siempre deben actuar a través de un representante, porque no existen usuarios corporativos en el Sistema de Información Cambiaria, es decir, no hay usuarios asignados a personas jurídicas. Las personas jurídicas residentes deben actuar a través de su representante legal, quien puede después designar a alguien más para que entre al Sistema y haga las gestiones. Las personas jurídicas no residentes, deben designar un representante para actuar en el Sistema de Información Cambiaria.

Para más información sobre la representación de Actores en el Sistema de Información Cambiaria consulte los instructivos "Actuar a través de un representante en el Sistema de Información Cambiaria" y "Paso a paso de cómo crear una representación en el Sistema de Información Cambiaria".