Tasa de rendimiento de capital de Colombia para el período entre 1990 y 2001

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La serie Borradores de Economía es una publicación de la Subgerencia de Estudios Económicos del Banco de la República. Los trabajos son de carácter provisional, las opiniones y posibles errores son responsabilidad exclusiva del autor y sus contenidos no comprometen al Banco de la República ni a su Junta Directiva.

Autor o Editor
Ana Maria Tribin

 
Arnold Harberger en 1969 estimo la tasa de  rendimiento  de capital para Colombia. En su investigación desarrolló una metodología para calcular las variables relevantes que se necesitan para estimarla. Este trabajo replica la metodología de Harberger con datos recientes y encuentra el costo de oportunidad del capital para tres escenarios diferentes. En el primer escenario se toman los datos de las Cuentas Nacionales y de las Naciones Unidas y se desarrolla la metodología  de Harberger, los resultados que se obtuvieron  indican que  la tasa de rendimiento al capital  se ubica entre 8.1% y el 7.4%.  En el segundo escenario se ajusta la tasa de depreciación, ya que Harberger explica que está sobre estimada y por tanto,  se debe calcular de nuevo la tasa de rendimiento del capital haciendo un ajuste en las tasas de  depreciación. Siguiendo los pasos de Harberger  se modifica la tasa de depreciación y se encuentra que la tasa de retorno al capital  se localiza entre 7.7% y 7.1%. Finalmente, debido a que la proporción de capital sobre el Producto Interno Bruto que se obtiene es muy alta relativa a  los datos de Planeación Nacional, se construye un tercer escenario en que  se decide  utilizar una serie de capital alternativa, la cual modifica el valor estimado de  la tasa de retorno al capital  al ubicarla entre  11% y  10%.
 
La serie Borradores de Economía es una publicación de la Subgerencia de Estudios Económicos del Banco de la República. Los trabajos son de carácter provisional, las opiniones y posibles errores son responsabilidad exclusiva del autor y sus contenidos no comprometen al Banco de la República ni a su Junta Directiva.