Gobierno corporativo del Banco de la República

La Constitución Política establece que el Banco de la República es el banco central de Colombia, a su vez lo define como un órgano independiente de las demás ramas del poder público, goza de autonomía administrativa, patrimonial y técnica y está sujeto a un régimen legal propio. 

Misión

Contribuir al bienestar de los colombianos mediante la preservación del poder adquisitivo de la moneda, el apoyo al crecimiento económico sostenido y el aporte a la estabilidad financiera, al buen funcionamiento de los sistemas de pago, a la generación de conocimiento y a la actividad cultural del país.

Visión

Ser un banco central que genera confianza, contribuye al bienestar de los colombianos y opera con excelencia, eficiencia, transparencia y sostenibilidad.

Órganos decisorios: Junta Directiva y Consejo de Administración

La Constitución Política y la Ley 31 de 1992 establecen que el máximo órgano de gobierno del Banco de la República es su Junta Directiva, la cual tiene a su cargo la dirección y ejecución de las funciones del Banco. La Junta Directiva puede crear y reglamentar comités decisorios y asesores de política, cuando lo estime conveniente y en la forma que lo determine; a su vez, delega algunas funciones en el Consejo de Administración, principalmente aquellas relacionadas con las políticas de administración y operación del Banco.