Organismos de control, supervisión y vigilancia del Banco de la República

Para el logro de sus objetivos y el desarrollo de sus funciones constitucionales, el Banco de la República cuenta con un marco de control, fundado en el fortalecimiento permanente del Sistema de Control Interno y el fomento de la cultura de control; además de las labores de control, supervisión y vigilancia que diferentes organismos ejercen sobre su gestión.

1. Frentes de control

Para verificar el estado del Sistema de Control Interno del Banco y con el propósito de contribuir a su fortalecimiento y mejora continua, varios organismos ejercen labores de control sobre la gestión de la institución en distintos frentes:

"El Congreso de la República realiza el control político, entanto la Contraloría General de la República realiza en control fiscal. A su vez, la Unidad de Control Disciplinario Interno y la Procuraduría General de la Nación realizan el control disciplinario a todos los funcionaros; y la Superintendencia Financiera de Colombia y la Auditoría General atienden el frente de "Insprección, vigilancia y control". Por último, en control interno lo asume el Departamento de Control Interno, el Comité de Auditoría y el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno."

A continuación se presenta el detalle de los frentes de control, los organismos que ejercen estas funciones, así como la normatividad que rige su actuación ante el Banco.

1.1 Frente político: Congreso de la República

De acuerdo con la Constitución Política y la Ley 31 de 1992, el Banco de la República debe rendir al Congreso de la República, dos veces al año, un informe sobre la ejecución de las políticas monetaria, cambiaria y crediticia, el cual incluye sus directrices generales, la evaluación de los resultados del período anterior y los objetivos, propósitos y metas para el período siguiente y el mediano plazo. Asimismo, se informa sobre la gestión de las reservas internacionales y sobre la situación financiera del Banco y sus perspectivas.

1.2 Frente de inspección, vigilancia y control: Superintendencia Financiera de Colombia y Auditoría General

Conforme a lo establecido en la Constitución, son funciones del presidente de la República la inspección, vigilancia y control del Banco en los términos que señale la ley. El presidente delega las funciones de inspección y vigilancia en la Superintendencia Financiera de Colombia y designa un auditor para ejercer la función de control, labor encargada a la Auditoría General, que opera como una agencia del Estado con independencia.

1.3 Frente fiscal: Contraloría General de la República

La Contraloría General de la República realiza su función de control sobre las actividades en las cuales el Banco de la República actúa como agente fiscal del Gobierno, las cuales se circunscriben a la administración de títulos del Gobierno Nacional y a la administración de fondos de la Nación.

1.4 Frente disciplinario: Unidad de Control Disciplinario Interno y Procuraduría General de la Nación

Desde el año 1996 el Banco cuenta con la Unidad de Control Disciplinario Interno, la cual tiene a su cargo la función disciplinaria preventiva y de gestión, en el marco de los principios de imparcialidad y transparencia, con base en las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias.

Por otra parte la Procuraduría actúa en relación con la conducta de los empleados en casos de faltas disciplinarias.

1.5 Frente de control interno: Departamento de Control Interno, Comité de Auditoría y Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno

Atendiendo las funciones asignadas por la Ley 87 de 1993, el Departamento de Control Interno evalúa en forma independiente el Sistema de Control Interno del Banco y propone a la administración de la entidad recomendaciones para su mejoramiento.

Adicionalmente, el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno es una instancia asesora y decisoria en los asuntos del Sistema de Control Interno, que tiene por objeto recomendar los correctivos o modificaciones necesarios para el cumplimiento de sus objetivos; el Comité de Auditoría es la instancia asesorara y de apoyo para la Junta Directiva y el Consejo de Administración en su función de velar por la adecuada preparación, presentación y revelación de la información financiera, así como en evaluar el funcionamiento general del Sistema de Control Interno.

2. Sistema de Control Interno

Es el conjunto de normas, planes, recursos, métodos y mecanismos de verificación implementados por el Banco, para garantizar que sus actividades, procesos y actuaciones se realicen con altos niveles de calidad, oportunidad y transparencia, atendiendo las disposiciones normativas vigentes y los objetivos institucionales. El Sistema de Control Interno adopta el Modelo Estándar de Control Interno establecido por el Departamento Administrativo de la Función Pública.

El control interno hace parte de todos los sistemas de gestión del Banco y lo ejerce cada una de las personas que intervienen en su operación.

3. Cultura de control

Es la capacidad de los colaboradores de realizar y evaluar su trabajo, detectando desviaciones, efectuando correctivos y solicitando asesoría cuando lo consideren necesario. El Banco de la República desarrolla actividades de capacitación, sensibilización y divulgación, encaminadas a fortalecer dicha cultura, asegurando que la ejecución de los procesos, actividades y tareas se realicen con transparencia y efectividad.