SCD-000121883 Concepto de la Secretaría de la Junta Directiva
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En atención a su consulta de la referencia, mediante la cual solicita concepto sobre el tratamiento cambiario de los contratos por diferencia (contracts for difference – CFD), nos permitimos manifestar lo siguiente:
1. De conformidad con referencias internacionales1, los CFD son instrumentos financieros mediante los cuales dos partes acuerdan liquidar en efectivo la diferencia entre el precio de apertura y el precio de cierre de una posición sobre un activo subyacente, sin entrega de dicho activo. Los subyacentes pueden corresponder, entre otros, a divisas, acciones, índices, materias primas, o tasas de interés. Su liquidación se realiza por diferencias en efectivo y la posición puede mantenerse abierta mientras el cliente cumpla con los requerimientos de margen exigidos por el proveedor. Esta estructura permite asumir exposiciones por un valor nocional superior al capital efectivamente aportado, lo que introduce un componente relevante de apalancamiento.
2. La Secretaría de la Junta Directiva del Banco de la República señaló en 20112 que, conforme a la información disponible en ese momento, los CFD se caracterizaban por operar sobre una base de margen, no contar con una cámara de riesgo central que respaldara las operaciones y presentar requerimientos de margen, generalmente, inferiores a los de los contratos de futuros. Con fundamento en tales características, se concluyó que los CFD eran equivalentes a una cuenta de margen, en los términos del Decreto 2555 de 2010, para operar en distintos mercados, y no a derivados financieros regulados por el régimen cambiario vigente. Dado que no se evidencian cambios regulatorios ni fácticos que justifiquen modificar dicha posición, el concepto emitido en 2011 por esta Secretaría se mantiene vigente.
1 European Banking Authority. (2013, February 28). Contracts for difference (CFDs): Investor warning. https://www.eba.europa.eu/documents/10180/598347/6348e9cb-d202-4439-a7c2-419f65f5f288/Investor-warning---CFDs.pdf
2 Secretaría de la Junta Directiva, concepto JDS 003409 de 2011.
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