Informe de Administración de Reservas Internacionales - 2009

Tenga en cuenta

La Constitución Política de Colombia y el artículo 14 de la Ley 31 de 1992 asignan al Banco de la República la función de administrar las reservas internacionales. Las opiniones y posibles errores son responsabilidad exclusiva del autor y sus contenidos no comprometen al Banco de la República ni a su Junta Directiva.

Autor o Editor
Banco de la Republica
Fecha de publicación

La Constitución Política de Colombia y la Ley 31 de 1992, artículo 14, asignan al Banco de la República la función de administrar las reservas internacionales. 
Así mismo, definieron que éstas deben ser manejadas con estrictos criterios, en su orden, de seguridad, liquidez y rentabilidad. El propósito de este documento es explicar la gestión de las reservas internacionales.

Primero se introducen los principales conceptos asociados con las reservas internacionales y el marco en el cual se fundamenta su gestión por parte del Banco. Posteriormente, se detalla la política de administración y los aspectos fundamentales de su operatividad. Finalmente, se realiza un recuento sobre la actual posición de las reservas y las principales acciones llevadas a cabo por parte del Banco encaminadas a enfrentar la actual crisis financiera internacional y cumplir con el mandato constitucional y legal de administrarlas conforme al interés público y al beneficio de la economía nacional .

Históricos del Informe de Administración de Reservas Internacionales