Circular Reglamentaria Externa DCIP-83 del 5 de octubre de 2021, Asunto 10: Procedimientos Aplicables a las Operaciones de Cambio

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En el Boletín 51 de 2021 de la Junta Directiva, se modifica la Circular Reglamentaria Externa DCIP-83 del Departamento de Cambios Internacionales y Pagos (DCIP), para: i) aclarar que en las operaciones interbancarias (entre IMC), no se requiere transmitir declaración de cambio al BR, así la operación se liquide bilateralmente o a través de una cámara de riesgo central de contraparte autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia, ii) reglamentar el procedimiento de venta de cartera a un IMC de cartera o instrumentos de pago derivados de operaciones entre residentes (operaciones internas) cuyo pago se encuentra autorizado en divisas, y iii) incluir en los Formularios 6 “Información de endeudamiento externo otorgado a residentes” y Formulario 7 “información de endeudamiento externo otorgado a no residentes” las tasas “SOFR” y “ESTR”, ya que no se encontraban entre las tasas que podía seleccionar quien informaba el crédito externo.

Destinatario: Oficina Principal y Sucursales del Banco de la República, intermediarios del mercado cambiario, personas naturales y jurídicas que efectúen operaciones de cambio y de inversiones internacionales.