JDS-08671 Concepto de la Secretaría de la Junta Directiva

Fecha

"(...) consulta si la matriz de una sucursal del régimen especial puede constituir en el país una fiducia como fuente de pago y garantía de una deuda adquirida por ella con otro no residente, con los recursos en pesos producto de las ventas internas de su sucursal. Los recursos serían canalizados como retorno de la inversión con el Formulario No. 4.

1. Los patrimonios autónomos que se constituyan con recursos en pesos de las sucursales del régimen especial pueden adelantar las operaciones de cambio en las mismas condiciones establecidas para dichas sucursales en los artículos 48 y 49 de la Resolución Externa 8 de 2000 (régimen cambiario).

2. De esta forma, las matrices podrían constituir fiducias como fuente de pago y garantía de obligaciones adquiridas por ellas con otros no residentes, sobre los recursos en moneda legal de sus sucursales del régimen especial, siempre que los giros al exterior correspondan a los conceptos permitidos en el artículo 49 de la R.E. 8 de 2000 y se canalicen con la "Declaración de Cambio por Inversiones Internacionales" (Formulario No. 4) como retorno de la inversión.

(...)"