El Banco, gif (479 bytes)  Junta Directiva, gif (821 bytes)  Información económica, gif (985 bytes)  Operaciones bancarias, gif (585 bytes)  Juriscol, gif (701 bytes)  Prensa y publicaciones, gif (979 bytes)  Biblioteca Luis Ángel Arango, gif (642 bytes)  Museo del Oro, gif (836 bytes)

Banco de la República, gif (4471 bytes) Operaciones bancarias, Cambios Internacionales, gif (8000 bytes)

mopbr4.gif (9714 bytes)


Manual de Cambios Internacionales

Carta Circular GE 175 de mayo 9 de 2002

Señores:

Oficina Principal y Sucursales del Banco de la República, Intermediarios del mercado cambiario, Personas naturales y jurídicas que efectúen operaciones de cambio.

Estimados señores:

Adjunto a la presente se remite la Circular Reglamentaria Externa DCIN-23 del 9 de mayo del año en curso, que sustituye las Circulares Reglamentarias Externas DCIN-36 del 19 de julio de 2001, DCIN-05 del 10 de enero y DCIN-10 del 15 de febrero de 2002, correspondientes al asunto 10, "Procedimientos aplicables a las operaciones de cambio" del Manual de Cambios Internacionales.

Las principales modificaciones incluidas en esta reglamentación están relacionadas con los siguientes temas:

En el Anexo 5, "Instructivo para el envío de información electrónica (formas electrónicas o archivos) por parte de los Intermediarios del Mercado Cambiario y de los Titulares de Cuentas Corrientes de Compensación", se describen los procedimientos operativos y de seguridad que deben ser tenidos en cuenta para la transmisión electrónica de información. Igualmente, se incorpora el Anexo 6 "Condiciones para utilizar los servicios electrónicos ofrecidos por el Banco de la República por conducto del Departamento de Cambios Internacionales", el cual contiene las condiciones generales y especiales que deben observar los personas naturales y jurídicas, diferentes de intermediarios del mercado cambiario, para acceder y utilizar dichos servicios.

Se incorpora al Anexo No. 3 la definición de los "Numerales Cambiarios" que estaba contenida en la Circular Reglamentaria Externa DCIN-80 de diciembre 30 de 1998, la cual queda sin efectos a partir de la entrada en vigencia de la circular reglamentaria externa que se anexa a esta Carta Circular. Así mismo, para facilitar la clasificación estadística de las operaciones de cambio, se crean los numerales cambiarios. Ingresos: 1041, 1063, 1535, 1695, 1696, 1703, 1704, 1707, 1708 5381, 5383. Egresos: 2019, 2063, 2895, 2896, 2907, 2908, 4610, 2126, 2136, 2137, 2800, 2850, 5913 y 5916 y se modifican el nombre y definición de los numerales 1600, 1601, 1706, 1810 y 2900, entre otros.

Para mejorar la oportunidad de la información estadística se reduce, para los intermediarios del mercado cambiario, de tres (3) a dos (2) días, el plazo para el procesamiento y envío de la información de las declaraciones de cambio. Por tanto, ésta debe ser suministrada al Banco de la República dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de la declaración de cambio. Este plazo es aplicable a las declaraciones de cambio presentadas a partir del 4 de junio de 2002.

Con el propósito de mejorar la eficiencia y seguridad en la entrega de información al Banco de la República, se extiende la posibilidad de transmitirla de manera electrónica a los titulares de cuentas corrientes establecidas en el exterior bajo el mecanismo de compensación. Así mismo, con el sistema electrónico, se amplia el horario de transmisión, se minimiza la posibilidad de error en el suministro de la información como resultado de los procesos de validación incorporados al sistema y se puede prescindir del desplazamiento de personas para la entrega de la documentación.

Los intermediarios del mercando cambiario, a partir del 4 de junio de 2002, podrán remitir al Banco de la República la información de las operaciones de endeudamiento externo (formularios No. 6 y 7) a través de archivos. La transmisión de esta información mediante el uso de formas electrónicas continúa vigente. Por tanto, los intermediarios del mercado cambiario podrán elegir el medio de acuerdo con sus propias necesidades operativas y tecnológicas. Con esta modificación se amplían los medios electrónicos de transmisión de información y se facilitan los procesos operativos.

Para simplificar el proceso de informe de los movimientos que se efectúen a través de las cuentas corrientes de compensación, se unifican los formularios No.10 "Relación de Operaciones Cuenta Corriente de Compensación" con el Anexo al formulario No. 10 "Compra y/o Venta de Divisas a otros Usuarios de Cuentas Corrientes de Compensación y Operaciones de Obligaciones entre Residentes".

La presente Circular Reglamentaria Externa entra a regir a partir del 4 de junio de 2002.

Atentamente,

gerardo.bmp (58442 bytes)

joaquin.bmp (58442 bytes)

Las Circulares Reglamentarias del Departamento de Cambios Internacionales aquí presentadas se encuentran en formato PDF, si quiere saber algo más acerca de este formato,  por favor remítase a la página de información.

Bajar Acrobat Reader

                                      wpe8.jpg (915 bytes)
                                  (161 KB)  Circular Reglamentaria DCIN - 23 de mayo 9 de 2002
                                                                                      Texto

                           wpe8.jpg (915 bytes)
                       (131 KB)   Anexo No. 1
           Listado entidades financieras del exterior

                         wpe8.jpg (915 bytes)  
                      (78 KB)  Anexo No. 2
   Códigos de los intermediarios del mercado cambiario

                           wpe8.jpg (915 bytes) 
                        (226 KB) Anexo No. 3
                            Numerales cambiarios

                         wpe8.jpg (915 bytes) 
                     (92 KB)  Anexo No. 4                 
                 Códigos de ciudades y monedas

                           wpe8.jpg (915 bytes)  
                        (103 KB) Anexo No. 5
Instructivo para el envío de información en forma electrónica por parte de los intermediarios del mercado cambiario.

                        wpe8.jpg (915 bytes) 
                      (95 KB)     Anexo No. 6                 
   Condiciones para utilizar los servicios electrónicos.

                        wpe8.jpg (915 bytes)                                   Formularios e Instructivos    
                       Nota:  Para diligenciar estos formularios se requiere el Acrobat Reader 4.0 o superior.

 

Operaciones bancarias
Introducción | Depósito Central de Valores |
Servicios Electrónicos del Banco de la República |
Sistema Electrónico de Negociación |
Compensación Electrónica Nacional Interbancaria |
Compensación Electrónica de Cheques |
Formularios Cámara de Compensación |
Cambios Internacionales | Cuentas de Depósito |
Pago a Proveedores |
Reglamentación del Sistema de Pagos |
Advertencia |

 
Mapa sobre imagen, gif (2353 bytes)
 
Al comienzo de la página, gif (909 bytes)

bintro.gif (1052 bytes)

dcvn3.gif (3103 bytes)

sebran3.gif (2316 bytes)

senn3.gif (5247 bytes)

cenitn3.gif (956 bytes)

cedecn3.gif (981 bytes)

formul1.gif (1583 bytes)

cambion3.gif (5865 bytes)

bintro.gif (1052 bytes)

cudn3.gif (780 bytes)

pagon3.gif (1030 bytes)

consn3.gif (1974 bytes)

 

hole.gif (385 bytes)