Funciones del Banco de la República*
- Para desarrollar y precisar las
normas constitucionales mencionadas, el Congreso de la República promulgó el 29 de
diciembre de 1992 la Ley Orgánica del Banco de la República (Ley 31). (Estatutos que desagregan la Ley)
Además, adjunto, puede consultar "LA CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA 1991,TITULO XII ,
Del Régimen Económico y de la Hacienda Pública ,CAPITULO 6 ,De la Banca Central"
donde están especificadas las funciones básicas del Banco de la República.
Emisión de moneda legal. El atributo de la emisión, propio de la
soberanía monetaria de la Nación es exclusivo e indelegable del Banco de la República y
se ha materializado, con la autorización del Congreso, por medio de varios contratos.
- Funciones de crédito del Banco de la República. La Ley 31 de Banca Central prevé condiciones precisas:
prohíbe de manera categórica al Emisor otorgar créditos y garantías a particulares o
entidades privadas. Se exceptúan los créditos de apoyo transitorio de liquidez a los
establecimientos de crédito en cumplimiento del papel de prestamista de última
instancia.
En cuanto al crédito del Banco de la República al Gobierno, si bien el nuevo régimen
no lo prohíbe, sí establece condiciones muy rigurosas para su concesión. En efecto, se
establece que este tipo de crédito debe limitarse a casos de extrema necesidad, y se
requiere la aprobación unánime de todos los miembros de la Junta Directiva.
No obstante, es importante señalar que la Constitución dejó abierta la posibilidad
de que el Banco pueda continuar adquiriendo en el mercado secundario títulos de deuda
emitidos por el Gobierno. De esta forma no es el Banco el que financia directamente al
Gobierno, sino los particulares que han comprado estos títulos.
- Banquero de bancos. Como todo banco central, el Banco de la
República desempeña la función de banquero de bancos. Por un lado, es depositario de
los dineros que le consignan en cumplimiento del requisito de reserva bancaria que sirve
para regular la capacidad de crédito del sistema bancario. Esta reserva, mantenida con
máximas condiciones de seguridad, sirve de respaldo a la liquidez del sistema. Por otra
parte, como ya se señaló el Banco de la República actúa como prestamista de última
instancia de los establecimientos de crédito, en casos de iliquidez transitoria originada
en retiros masivos de depósitos.
El Banco de la República también agiliza las operaciones y el manejo bancarios. Un
importante instrumento para ello es la organización de la "Cámara de
Compensación". Como normalmente todas las instituciones financieras tienen
depósitos en el Banco de la República, la Cámara permite establecer rápidamente en
cuánto quedan esos depósitos al final de cada día, después de realizar el intercambio
de cheques entre ellas.
Así mismo, el Banco de la República ejerce un seguimiento de la operación bancaria
con base en la información que obtiene de las actividades de todas las entidades que
conforman el sistema financiero, y en su permanente contacto con la Superintendencia
Bancaria. Ello le permite al Emisor ejercer permanente evaluación de las operaciones del
sector, con lo cual amplía su capacidad para establecer las políticas de control y
orientación de la actividad de intermediación financiera.
El manejo de la liquidez de la economía y la evolución del sistema financiero
colombiano han llevado al Banco de la República a establecer también relaciones de
colaboración con entidades como las corporaciones financieras, las corporaciones de
ahorro y vivienda y las compañías de financiamiento comercial, que también deben
constituir reservas (encaje) y a los cuales también les otorga créditos para solventar
situaciones de iliquidez transitoria.
- Funciones cambiarias. La Ley 31
también le atribuye al Banco de la República la función de diseñar la política
cambiaria en el marco de los criterios y objetivos que debe trazar el Congreso de la
República, para regular el comercio exterior y el régimen de cambios internacionales.
La situación externa del país afecta directamente las condiciones monetarias, por lo
cual el Banco debe participar en el diseño y definición de la política en materia de
tasa de cambio y movimiento de capitales internacionales. Por ello le corresponde al Banco
entre otras funciones, organizar y regular el mercado cambiario e intervenir en éste con
el propósito de defender la tasa de cambio y también para reglamentar las condiciones de
endeudamiento externo del país.
- Administración de las reservas internacionales. Al Banco de la
República le corresponde administrar las reservas internacionales del país incluyendo el
manejo, inversión, depósito de custodia y disposición de los activos de reserva. La
inversión ha de efectuarse principalmente con base en criterios de seguridad y liquidez,
a fin de facilitar los pagos del país en el exterior.
El Banco ante todo, busca la seguridad y estabilidad en sus inversiones y procura que
la reserva tenga liquidez para asegurar oportunos pagos a otros países.
Las reservas internacionales son medios de pago de aceptación internacional generados,
entre otros conceptos, por: i) la diferencia entre los ingresos provenientes de las
exportaciones o ventas al exterior y los gastos que se hacen para las importaciones o para
las compras realizadas en el resto del mundo; ii) la diferencia entre lo que ingresa por
préstamos externos e inversión extranjera y lo que se paga en capital, intereses y
retención de utilidades; y iii) la diferencia entre los giros que envían los colombianos
residentes en el exterior y los que se les envían a ellos. Las reservas tienen por objeto
atender las necesidades del Gobierno y los particulares para hacer pagos al exterior.
Las reservas están compuestas por monedas libremente convertibles, es decir, que
pueden cambiarse legalmente por otras que poseen amplia aceptación internacional, por
oro, y por derechos especiales de giro (DEG).
- Banquero, agente fiscal y fideicomisario del Gobierno. El Banco
de la República cumple con estas funciones al recibir en depósito fondos de la Nación y
de las entidades públicas bajo las condiciones que establezca la Junta Directiva.
Además, a solicitud del Gobierno puede actuar como agente fiscal en la contratación de
créditos externos e internos y en operaciones que sean compatibles con las finalidades
del Banco.
- Promotor del desarrollo científico, cultural y social. El nivel
profesional y la estructura operativa del Banco le han permitido apoyar simultáneamente
el desarrollo científico, cultural y social del país, a través de la creación de
fundaciones destinadas a seleccionar, estimular y financiar investigaciones en las áreas
de las ciencias, la tecnología, las humanidades, la antropología, la arqueología, la
educación y la salud. Además, ha participado en el rescate y preservación del
patrimonio cultural y en la creación de estímulos a su desarrollo mediante la
administración y creación de bibliotecas y museos especializados en todo el país. El
Museo del Oro y la Biblioteca Luis Ángel Arango, hacen parte del Banco de la República y
tienen amplio reconocimiento nacional e internacional por la labor que desarrollan.
- Informe de la Junta Directiva al Congreso de la República. Una
innovación de significativo interés que introdujo la Ley
31 es la obligación que tiene la Junta Directiva del Banco de presentar, a través de
su Gerente General, un Informe al Congreso de la República sobre la ejecución de las
políticas monetaria, cambiaria y crediticia, incluyendo las directrices generales de
tales políticas, una evaluación de los resultados logrados en el período anterior y los
objetivos, propósitos y metas de los mismos para el período subsiguiente y en el mediano
plazo. Así mismo, deberá explicar la política de administración y composición de las
reservas internacionales y de la situación financiera del Banco y sus perspectivas.
Adicionalmente, el Congreso podrá solicitar al Banco los informes que requiera y en todo
caso si en el curso del año se presenta un cambio sustancial con respecto a las
políticas mencionadas en el Informe, la Junta Directiva deberá rendir un reporte
adicional.
Estos informes públicos del Banco ante las instancias legislativas representan sin
duda, un avance democrático que contribuye a dar una mayor transparencia al manejo de las
políticas encomendadas al Emisor.
Dentro del nuevo ordenamiento en las funciones del Banco de la República se reformó
su estructura organizacional. Se redujo el número de departamentos y sucursales en todo
el país, se fusionaron unos y se eliminaron otros, y se recortó la nómina de personal
para adaptar la institución a las nuevas circunstancias del país.
REFERENCIAS
| "¿Qué es el
Banco de la República?", Folleto en formato Pdf que contiene la historia, las
funciones, atribuciones y actividad cultural del Banco |
El Banco de la
República-Antecedentes, Evolución y Esctructura. Banco de la República,
Departamento Editorial, Bogotá, 1990. |
Introducción al Análisis Económico. El caso
colombiano. 2a. ed. Revisada, Banco de la República, Ed. Siglo del Hombre
Editores, Santafé de Bogotá, 1997. |
Historia del Banco de la República 60
años. Fabio Gómez Arrubla, Talleres Gráficos, Banco de la República, Bogotá,
1983. |
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