Funciones de la Junta Directiva del Banco consagradas por la ley*
Para el cabal cumplimiento de este cometido, la Junta Directiva fue facultada para
estudiar y adoptar medidas que regulen la circulación monetaria y la liquidez del mercado
financiero, así como para asegurar el normal funcionamiento de los pagos internos y
externos de la economía.
La Ley específicamente facultó a la Junta para:
- Fijar y reglamentar el encaje de las distintas clases de establecimientos de crédito.
- Regular el crédito interbancario destinado a atender requerimientos transitorios de
liquidez de los establecimientos de crédito.
- Señalar, cuando las circunstancias lo exijan y en forma temporal (máximo 120 días en
el año), límites a las tasas de interés de los establecimientos de crédito y topes al
crecimiento de sus operaciones de crédito. Con estas restricciones se asegura que sea el
mercado quien en últimas defina tales variables.
- Fijar la metodología para la determinación de los valores en moneda legal de la Unidad
de Poder Adquisitivo Constante (UPAC), procurando que ésta también refleje los
movimientos de la tasa de interés en la economía.
- Disponer la intervención del Banco de la República en el mercado cambiario como
comprador o vendedor de divisas.
- Determinar la política de manejo de la tasa de cambio, la cual debe coadyuvar a
preservar la capacidad adquisitiva de la moneda.
REFERENCIAS
| "¿Qué es el
Banco de la República?", Folleto en formato Pdf que contiene la historia, las
funciones, atribuciones y actividad cultural del Banco |
El Banco de la
República-Antecedentes, Evolución y Esctructura. Banco de la República,
Departamento Editorial, Bogotá, 1990. |
Introducción al Análisis Económico. El caso
colombiano. 2a. ed. Revisada, Banco de la República, Ed. Siglo del Hombre
Editores, Santafé de Bogotá, 1997. |
Historia del Banco de la República 60
años. Fabio Gómez Arrubla, Talleres Gráficos, Banco de la República, Bogotá,
1983. |
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